Lo primero que debes saber es que los padres cuentan con la obligación de darles alimentos a sus hijos hasta los 21 años o hasta los 25 años, dependiendo de cuál sea el caso si ellos estudian o se encuentran capacitándose en un arte o en un oficio y no pueden salvaguardarse por sus propios medios.
Tabla de contenidos
Para ayudarte no te despegues de este artículo, seguro no sabías estos detalles que te dejamos a continuación. Además, como plus te dejaremos unos modelos en Pdf para que los descargues, y puedas contar con los beneficios que nos arroja el conocimiento de esta causa.
Te dejaremos a continuación lo que rezan cada uno de estos artículos por regla general, actualizado hasta la fecha 9/ 1/ 2022.
Modelo de demanda de alimentos provisorios nuevo código civil y comercial 2021
Modelo para aumentar la cuota alimentaria, tan solo pincha en el botón y el modelo estará listo. Debes saber que cada una de las siglas que allí aparecen son ficticias en tu caso deben llevar las de tu situación. Es desde nuestra web la mejor intención que te encuentres informado.
Ley 13994 Incumplimientos de los deberes asistenciales
Antes de seguir veamos algunos de los artículos y de algunos de los casos donde según la Ley 13994, se debe cumplir la compensación de los alimentos.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, sancionan con fuerza de LEY:
ARTICULO 1º.- Se impondrá prisión de un mes a dos años o multa de quinientos a dos mil pesos a los padres que, aun sin mediar sentencia civil, se substrajeren a prestar los medios indispensables para la subsistencia a su hijo menor de dieciocho años, o de más si estuviere impedido.
ARTICULO 2º.- En las mismas penas del artículo anterior incurrirán, en caso de substraerse a prestar los medios indispensables para la subsistencia, aun sin mediar sentencia civil:
a) El hijo, con respecto a los padres impedidos;
b) El adoptante, con respecto al adoptado menor de dieciocho años, o de más si estuviere impedido; y el adoptado con respecto al adoptante impedido;
c) El tutor, guardador o curador, con respecto al menor de dieciocho años o de más si estuviere impedido, o al incapaz, que se hallaren bajo su tutela, guarda o curatela;
d) El cónyuge, con respecto al otro no separado legalmente por su culpa.
ARTICULO 3º.- La responsabilidad de cada una de las personas mencionadas en los dos artículos anteriores no quedará excluida por la circunstancia de existir otras también obligadas a prestar los medios indispensables para la subsistencia.
ARTICULO 4º.- Agregase al artículo 73 del Código Penal el siguiente inciso: “5º: incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, cuando la víctima fuere el cónyuge”.
ARTICULO 5º.- La presente Ley se tendrá por incorporada al Código Penal.
ARTICULO 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 15 de setiembre del Año del Libertador General San Martín, 1950.
¿Cómo hacer una denuncia de incumplimiento de la cuota alimentaria?
Si no se cumple como se quedó establecido con el pago concerniente de la cuota alimentaria que es correspondiente, según la ley 13.944, puede hacerse una denuncia civil y penal por el incumplimiento de la misma.
Sin embargo, este tipo de denuncia debe probar que él o la progenitora cuentan con los medios económicos para efectuar dicha obligación y no se encuentra haciéndolo de forma voluntaria.
Cuentas con este tipo de líneas directas que te ayudaran.
- Línea 141. Línea gratuita nacional para denuncia, orientación u emergencia.
- PBX: +57 601 4377630. Disponible de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.
- Línea gratuita nacional ICBF. 018000 91 80 80. Disponible de lunes a domingo las 24 horas.
Requisitos para demandar por alimentos a los abuelos.
El código Civil y Comercial de la Nación instituye que en el caso de que él o la progenitora se encuentren sin empleado y, por lo tanto, no pueda desempeñar la obligación de la cuota, la demanda de alimentos deben cubrirla los abuelos.
En estos casos, quien realiza el reclamo debe demostrar que no se efectúa ningún pago de la cuota; recién ahí la justicia se encargara de habilitar a que la responsabilidad caiga en los abuelos.
En el caso de existir cuatro abuelos, la justicia es la encarga de determinar cuál de ellos será el responsable de pagar la cuota, ya que solo uno debe cumplir con el pago de alimentos.
Descargar modelo de demanda alimentos a los abuelos 2024
A continuación pincha aquí y bajarás un modelo de demanda a los abuelos que te dejaremos para ayudarte.
Preguntas frecuentes sobre las demandas por manutención
A continuación te dejaremos una serie de preguntas que son muy frecuentes en estos casos frente a la ley.
¿Qué pasa con la cuota si el padre o madre trabaja en negro?
Si quien se encuentra obligado en pagar la cuota alimentaria, al momento cuenta con un trabajo que no está registrado o lo hace de forma independiente en el cual se desconoce con exactitud el monto del ingreso al mes, de igual forma la justicia fija un monto en porcentaje al Salario Mínimo, Vital y Móvil.
Para esto, se toman en cuenta los diferentes gastos que se confirmen de él o de los hijos teniendo en cuenta por ejemplo los gastos de la salud, si se paga o no alquiler, la recreación, alimentación y salud.
De igual forma en estos casos, puede demandarse a los abuelos. Sin embargo, el fallo judicial y el monto dependerán de cada caso particular.
¿Cuándo finaliza la cuota alimentaria en Argentina?
Los padres se ven en la obligación de pagar cuota alimentaria hasta que el o los hijos cumplan 21 años. Sin embargo, si los hijos se encuentran estudiando de forma regular, la obligación se extiende hasta los 25 años.
Esperamos desde nuestro blog que cada pregunta, y cada modelo te sirva si te encuentras en una situación como esta.
Ejemplo de demanda de alimentos para presentar
Señor Juez:
__________, abogado, T: ___ F: _____del_______,CUIT:__________,
Monotributista/Responsable Inscripto, Dirección de E-mail _________,
TEL: _____________, constituyendo domicilio procesal en ___________ (Ver Art.
40 CPCCN), Zona de notificación Nº…….., a V.S. me presento y respetuosamente digo:
I. ACREDITA PERSONERIA
Conforme lo acredito con el testimonio original de poder que acompaño, soy apoderado
judicial especial de ___________, con domicilio real en ___________, el cual
declaro, bajo juramento, que se encuentra vigente en todas sus partes.
II. OBJETO
En el carácter invocado vengo a promover formal demanda por alimentos contra el
Sr ______________, con domicilio real en _____________, a fin de que se lo condene
a pagar una cuota alimentaria en favor de sus hijos menores y de la suscrita, cónyuge de
aquél, en mérito a las circunstancias de hecho y de derecho que paso a exponer, con ejemplar
imposición de costas.
(Art. 68, CPCCN).
III. HECHOS
Mi mandante contrajo matrimonio con el demandado el día
De dicha unión nacieron tres hijos menores: ___________________el día ______________,
_____________, el día ________, y ______________, el día ____________, tal como
consta en las partidas originales respectivas que se agregan.
El demandado ha afrontado todos los gastos del núcleo familiar desde entonces hasta el mes
de ____________ del año ____________, fecha en que_________________________________
DESCRIBIR HECHOS
El demandado ha dejado de cumplir totalmente su deber de asistencia, previsto en los
Arts. 198 y 265, Código Civil.
IV. CAUDAL ECONOMICO DEL ALIMENTANTE
El demandado tiene la profesión de _________________________________, que ejerce en forma independiente
desde el año ____________ a la fecha.
También era poseedor de la tarjeta____________, que sólo se otorga a clientes que efectúan gastos
por arriba de la suma promedio mensual de $ ____________
Tiene su propio vehículo de trasporte, rodado marca _________________________________ año ____________ que
adquirió al contado en la firma _________________________________, el año ____________
El inmueble, sede actual de su domicilio, es alquilado y abona un alquiler mensual de
aproximadamente $ ____________
El alimentante siempre otorgó un nivel de vida holgado a su familia, permitiendo que los
niños concurrieran al instituto educacional _________________________________, cuya cuota mensual en
conjunto (los tres menores) ascendía a $____________ por mes.
De todo lo expuesto, y los datos indiciarios mencionados, surge que el caudal económico del
alimentante debe oscilar entre $ ____________ y $____________ como mínimo.
V. NECESIDADES DE LOS ALIMENTADOS
La cuota debe cubrir las necesidades mencionadas en el Art. 267, Código Civil: “La
obligación de alimentos comprende la satisfacción de las necesidades de los hijos en
manutención, educación y esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia y gastos por
enfermedad”.
A continuación, paso a practicar liquidación de cada rubro, correspondiente a las necesidades
de la madre y los tres menores:
Alimentación $ ____________
Salud (medicina prepaga ______) $ ____________
Vestimenta $ ____________
Educación (cuota colegio) $ ____________
Esparcimiento ________________________. $ ____________
Gastos por enfermedad
VI. MONTO DE LA CUOTA SOLICITADA
Dado que los padres deben alimentos a los hijos, según lo dispuesto por el Art. 265, Código
Civil, mi mandante asume la mitad de los gastos de los niños. Pero no debe olvidarse que se
encuentra a cargo de la tenencia de hecho de los menores, dedicándoles el mayor tiempo
posible, y por ello, es menor el tiempo disponible para ganar recursos propios.
En consecuencia, solicito a V.S. que fije una cuota alimentaria a favor de la madre y otra a
favor de los tres menores, no inferior a la suma de $____________ para la primera, y $ ____________ para
los segundos.
VII. SOLICITA ALIMENTOS PROVISORIOS
Atento las necesidades expuestas solicito que V.S. fije alimentos provisorios para que el
demandado los abone mientras dura el juicio, hasta que V.S. dicte la sentencia definitiva,
mediante depósito judicial, conforme Art.646 CPCCN. VIII.
IX. HACE RESERVA
El Art. 1 de la ley 13.944, de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, dispone:
“Se impondrá prisión de 1 mes a 1 año o multa de $ 750 a $ 25.000, a los padres que, aun
sin mediar sentencia civil, se sustrajeren a prestar los medios indispensables para la
subsistencia de sus hijos menores de 18 años, o de más si estuviese impedido”.
Dado que la conducta del demandado encuadra en esta disposición legal, formulo reserva de
querellarlo por la comisión de dicho ilícito, y solicitar el pase de estas actuaciones a la justicia
penal correspondiente, sin perjuicio del ilícito previsto en el Art. 114 del Código
Penal (Delito de abandono de personas).
IX. DERECHO
Fundo la presente acción en los Arts. 198, 207, 265 y 267 del Código Civil., y 638 y siguientes
del CPCCN.
X.COMPETENCIA
Dejo constancia de que V.S. es competente para entender en las presentes actuaciones,
conforme a lo dispuesto por el Art. 228 Código Civil, por cuanto el lugar de residencia
habitual del acreedor alimentario es el domicilio de la calle _________________________________ de la ciudad de ________, ________.
XI. PRUEBA
A fin de acreditar los extremos invocados ofrezco la siguiente:
Documental:
Confesional:
se cite al demandado a absolver posiciones a tenor del pliego que oportunamente se
acompañará.
Testimonial:
Pericial médica:
Pericial contable:
Informe socioambiental:
Se ordene realizar por la asistente social del juzgado un informe socioambiental en él
domicilio de ambos progenitores, para que informe nivel de vida de ambos.
XII. MEDIACION PREVIA
Con el certificado expedido por el mediador interviniente, que, en original adjunto, se acredita
haber efectuado el trámite de la mediación previa obligatoria, prevista por la ley 24.573, con
resultado negativo.
XIII. AUTORIZACIONES
Quedan autorizados a examinar el expediente, efectuar desgloses, retirar copias, oficios,
exhortos, testimonios, diligenciar oficios, cédulas ley22.172, mandamientos, así como
realizar cualquier tipo de gestión, acto o diligencia que fueran necesarios, los
Dres.______________________________, y …………………………. y los Sres. D.N.I. ________________________,
y/o____________________________________, D.N.I. ________________________, en forma indistinta.
XIV. PETITORIO
Por todo lo expuesto a V.S. solicito:
a) me tenga por presentado, por parte y por constituido el domicilio indicado.
b) se reserve la documental original en caja fuerte del juzgado, adjuntándose copias para el
expediente, y se ordene producir la restante prueba ofrecida.
c) se fije la audiencia preliminar del Art. 639 del CPCCN.
d) se fijen los alimentos provisorios solicitados oportunamente se dicte sentencia definitiva
condenando al demandado a abonar una cuota alimentaria a favor de los tres menores y la
madre, por una suma no menor a $____________ o lo que resulte de la prueba a producir, fijando la
cuota suplementaria por alimentos atrasados desde la notificación de la demanda. Con costas,
y multa en caso de incomparecencia a la audiencia preliminar, conforme Art. 640, Inc. 1
del CPCCN.
Provéase de conformidad, que
SERA JUSTICIA.